Fallo valida exigencia de SERNAC ante Cyberday: es incumplimiento legal el no informar stock de productos en sitio web

La sentencia condenó a la empresa RAM SpA, administradora de GUESS Internet, al pago de más de $1 millón 300 mil.

Este hecho es un importante espaldarazo para el SERNAC en las exigencias a las empresas para el desarrollo adecuado de eventos Cyber, como el CyberMonday.

Una de las principales obligaciones que SERNAC ha planteado a las marcas en la realización de los eventos tipo Cyber, ha sido que éstas deben publicar la cantidad de stock disponible al dar a conocer una oferta en sus respectivos sitios web. Esto, con el objeto de cumplir con el mandato de dar una información clara a las y los consumidores para que puedan tomar una decisión completamente informada previo a la compra.

De hecho, uno de los principales problemas evidenciados en los últimos Cyber ha sido la “cancelación unilateral de compra”, a raíz, muchas veces, de comercializar ofertas que no tenían unidades disponibles ni tampoco informar previamente un quiebre de stock.

En esa línea, en este mes de septiembre, la Corte de Apelaciones de Santiago dictó una sentencia revocatoria en la que reconoce este lineamiento de SERNAC y condena a su vez, a la empresa RAM SpA, administradora de GUESS Internet, al pago de $1.327.240 (20 UTM) por no incluir información del stock disponible de productos en lo que fue el entonces CyberDay del año 2019.

Si bien este fallo dice relación con hechos ocurridos en años anteriores, es un importante espaldarazo para el Servicio Nacional del Consumidor en las exigencias a las empresas para el desarrollo de eventos Cyber, como el CyberMonday, que dio inicio este lunes con más de 700 empresas participantes, exigiendo cumplir con lo señalado expresamente en el Reglamento de Comercio Electrónico.

El principal argumento de SERNAC para exigir a las empresas la publicación del stock, es originada en los artículos 3° inciso primero letra b) y 35° de la Ley N° 19.496, que garantizan el derecho de los consumidores a recibir información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos y lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Comercio Electrónico.